Si Sus Privilegios de Visita Son Suspendidos en CNMCF: Entendiendo el Proceso de Apelación
Si Central New Mexico Correctional Facility (CNMCF) suspende o termina sus privilegios de visita, usted debería recibir un aviso por escrito de la instalación. También tiene derecho a apelar. Los pasos están establecidos en la política de Visitas a Reclusos (Inmate Visitation policy).
Si sus privilegios de visita en CNMCF son suspendidos o terminados, la instalación le notificará por escrito. Conserve ese aviso. Es su punto de partida más claro para entender la decisión y lo que deberá abordar en una apelación.
CNMCF actualiza sus registros de forma pronta cuando un visitante es aprobado, no aprobado o suspendido. Esas actualizaciones se ingresan en la base de datos de gestión de reclusos, por lo que el aviso por escrito que reciba debería coincidir con lo que el personal ve en el sistema cuando intente programar o registrarse para una visita.
Cuando una violación de visitas conduce a una suspensión o terminación, la instalación está obligada a documentarla. Esa documentación se incorpora al expediente del recluso, y se adjunta una copia a la tarjeta de visitas del recluso. Si la persona encarcelada es transferida a otra unidad, la instalación de origen debe enviar la documentación de la violación con ella.
Las suspensiones también se registran más allá del escritorio de visitas diario. Cada instalación compila una lista trimestral de todos los visitantes suspendidos y la envía al Director de Prisiones de Adultos.
Note: Una suspensión puede aparecer en más de un lugar: en el expediente en papel del recluso/documentación de la tarjeta de visitas, y en la base de datos de gestión de reclusos (la cual debería actualizarse con prontitud).
Puede apelar una suspensión o terminación de los privilegios de visita. El proceso de apelación está regido por la política de Visitas a Reclusos (Inmate Visitation policy), que sirve como el reglamento sobre cómo la instalación maneja las apelaciones de visitantes.
El New Mexico Corrections Department tiene un formulario específico para esto: el formulario de Apelación por Suspensión de Visitas (Visiting Suspension Appeal form) (CD-100202.8). Cuando solicite al personal la documentación correcta o haga referencia a su apelación por escrito, usar ese número de formulario le ayuda a ser dirigido al proceso correcto más rápidamente.
- Lea su aviso de suspensión/terminación y siga la política de Visitas a Reclusos (Inmate Visitation policy) - El proceso de apelación establecido por la política es el que rige cómo presentar su apelación.
- Obtenga el formulario de apelación correcto - Solicite el formulario de Apelación por Suspensión de Visitas, CD-100202.8.
- Complete y presente la apelación de la manera que la política requiere - Use el método y procedimiento establecidos en la política de Visitas a Reclusos para que su apelación sea procesada como una apelación oficial de visitante.
- Esté atento a las actualizaciones de los registros después de una decisión - Las suspensiones de visitantes (y otros registros de visitas) se supone que deben actualizarse con prontitud en la base de datos de gestión de reclusos.
Practical Tips
- ✓ Una copia de la carta de decisión escrita de la instalación (el aviso que indica que sus privilegios de visita fueron suspendidos o terminados)
- ✓ Su información identificativa (su nombre completo y la mejor forma de contactarlo)
- ✓ El nombre completo del recluso y el número NMCD, además de DOB y/o SSN si están disponibles
- ✓ Su relación con el recluso
- ✓ Cualquier documento de respaldo que desee que se considere con su apelación
- ✓ Un resumen claro y breve de lo ocurrido desde su perspectiva (la instalación también tendrá su propia documentación de la violación en el expediente del recluso y en la tarjeta de visitas)
Si necesita ayuda para averiguar por dónde empezar o qué información incluir, comuníquese con Family Constituent Services. Envíe un correo a CDFamilySrvcs@cd.nm.gov, o llame al (505) 827-8710 o al (505) 231-4762. Cuando se ponga en contacto, incluya el nombre completo del recluso, el número NMCD, DOB y/o SSN (si están disponibles), y su relación con el recluso para que puedan abrir el expediente correcto.
Reminder: Use el formulario de Apelación por Suspensión de Visitas (CD-100202.8) y siga el proceso de apelación descrito en la política de Visitas a Reclusos (Inmate Visitation policy).
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