Comprender el límite de 18 visitantes de Pasquotank y cómo actualizar la lista
Planificar visitas es mucho más fácil una vez que entiende dos límites separados: el número total de personas que pueden estar en la lista aprobada y cuántas pueden presentarse en un solo día. A continuación se explica cómo funciona la lista de 18 visitantes aprobados en Pasquotank, cómo se realizan las actualizaciones y qué excepciones existen.
En Pasquotank, cada recluso puede tener hasta 18 visitantes aprobados en total. Ese número incluye tanto a adultos como a menores, por lo que los niños cuentan hacia las 18 personas igual que los adultos. La instalación utiliza esta lista aprobada para mantener las visitas manejables y controladas. Una vez que alguien está en la lista, puede visitar (siempre que también cumpla las reglas regulares de visitas), pero la lista en sí no puede superar las 18 personas.
Las actualizaciones de la lista de visitantes aprobados se realizan durante la "inscripción abierta", que ocurre cada seis meses según la fecha de ingreso del recluso. Por lo tanto, si el mes de ingreso de alguien es enero, sus ventanas de inscripción abierta serán en julio y en enero. El momento es especialmente importante cuando la lista ya está llena. Una vez que un recluso alcanza el máximo de 18 visitantes, no puede ajustar la lista hasta el próximo período de inscripción abierta. Y si ya tiene 18, agregar a una persona nueva significa quitar a otra primero.
El límite de 18 personas cubre la lista aprobada en su conjunto, pero también existe un tope por visita. En circunstancias normales, no más de tres visitantes aprobados pueden estar con un recluso durante una sola sesión. Estas dos reglas funcionan juntas. Piense en las 18 como su grupo de personas aprobadas, y luego en la regla de tres personas como el tope para cualquier visita. El alcaide puede ajustar cuántos visitantes aprobados se permiten en una sesión según consideraciones operativas y de espacio, por lo que el límite del día puede variar en algunas situaciones.
Las visitas de clero funcionan de manera diferente a las visitas familiares y de amigos. Los visitantes del clero deben completar el formulario DC-949P y ser aprobados antes de poder visitar a un recluso. Aquí hay un detalle útil si está coordinando con un pastor, capellán u otro miembro del clero: los miembros del clero aprobados no cuentan dentro de los 18 visitantes aprobados del recluso.
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