¿Puedes visitar a un recluso de Rhode Island si tienes antecedentes penales?
Sí, a menudo puedes visitar a alguien bajo custodia de Rhode Island DOC incluso con antecedentes penales—pero tu solicitud puede requerir una revisión adicional. RIDOC realiza verificaciones de antecedentes a todos los visitantes, y ciertos cargos o condenas necesitan la aprobación del Subdirector de Instituciones y Operaciones (ADIO) o de la persona designada por el ADIO antes de que se te apruebe.
Cada visitante debe aprobar dos verificaciones de antecedentes - BCI y NCIC - antes de visitar. Si no has aprobado ambas, no puedes visitar a menos que el Subdirector de Instituciones y Operaciones (ADIO) o la persona designada por el ADIO te apruebe específicamente. Traducción: preséntate sin las autorizaciones completas y la aprobación requerida, y te rechazarán en la puerta.
Aviso: Si tus verificaciones BCI/NCIC no se han aprobado, espera demoras. Sin ambas autorizaciones, no podrás visitar a menos que el ADIO (o una persona designada) te haya aprobado.
¿Tienes una condena por delito grave? Si eres familia inmediata, la política de RIDOC dice que las visitas requieren la aprobación del ADIO o de la persona designada por el ADIO. Una condena por delito grave no te descalifica automáticamente, pero no puedes visitar hasta que se otorgue esa aprobación.
Los familiares inmediatos también necesitan la aprobación del ADIO o de su designado si tienen un cargo penal pendiente, están actualmente en libertad condicional por un delito menor o grave, o están cumpliendo una sentencia diferida por un delito menor o grave. Se aplica la misma regla: no hay visitas hasta que el ADIO (o una persona designada) dé luz verde.
- ✓ Prepárate para declarar una condena por delito grave (si la tienes), ya que requiere la aprobación del ADIO o de su designado para visitas de familiares inmediatos
- ✓ Si tienes un cargo pendiente, libertad condicional activa (delito menor o grave), o una sentencia diferida (delito menor o grave), planea necesitar la aprobación del ADIO o de su designado
- ✓ Reúne documentación que muestre claramente tu situación actual (por ejemplo, si un caso está pendiente o si la libertad condicional/sentencia diferida está en vigor)
¿No eres familia inmediata? Un historial de delitos graves tampoco te descalifica automáticamente, pero sí requiere aprobación. La política de RIDOC establece que a los visitantes que no son familiares inmediatos y tienen un historial de delitos graves solo se les pueden conceder visitas con la aprobación del ADIO o de la persona designada por el ADIO.
Para los que no son familiares inmediatos, el requisito de aprobación va más allá de los delitos graves. Necesitarás la aprobación del ADIO o de su designado si tienes un cargo penal pendiente, has declarado nolo contendere ("no contest") o has sido condenado por un delito menor, o si actualmente estás en libertad condicional o cumpliendo una sentencia diferida por un delito menor o grave.
- Sé sincero en la solicitud de visitante - si tienes antecedentes por delito grave, un cargo pendiente, una condena/alegato de nolo contendere por un delito menor, libertad condicional o una sentencia diferida, tu visita requerirá la aprobación del ADIO o de su designado.
- Espera los controles de antecedentes - RIDOC utiliza las verificaciones BCI y NCIC como parte del proceso.
- Asegúrate de que se solicite la aprobación correcta - si alguna de las categorías listadas te aplica, las visitas solo pueden concederse si el ADIO (o un designado) aprueba.
- No entres asumiendo que te permitirán el acceso - si no estás completamente autorizado y aprobado, te pueden negar la entrada.
El ADIO es el guardián para visitantes con antecedentes penales. La política es consistente: tanto si eres familia inmediata como si no, ciertos antecedentes o estados procesales significan que "solo se te podrán conceder visitas" si el ADIO o la persona designada por el ADIO te aprueba. Esto incluye antecedentes por delitos graves (tanto para familiares inmediatos como no inmediatos), cargos pendientes, estatus de libertad condicional, sentencias diferidas y - para los que no son familiares inmediatos - condenas por delitos menores o alegatos de nolo contendere.
Consejo: Los cargos pendientes, la libertad condicional activa y las sentencias diferidas se enumeran específicamente como situaciones que requieren la aprobación del ADIO o de su designado - planea tiempo adicional para la revisión.
No desperdicies el viaje. Completa la solicitud de visitante de forma completa y honesta, y luego espera a que tus verificaciones BCI y NCIC se aprueben. Si tu situación entra en cualquiera de las categorías que requieren aprobación - historial de delito grave (familiar inmediato o no), cargos pendientes, libertad condicional, sentencia diferida, o, para quienes no son familiares inmediatos, una condena por delito menor o un alegato de nolo contendere - tu visita no podrá realizarse hasta que el ADIO (o una persona designada) lo apruebe. En resumen: la autorización en los antecedentes más la aprobación (cuando se requiera) deben ocurrir antes de que se te permita la entrada.
- ✓ Completa la solicitud de visitante de forma completa y veraz para que puedan procesarse tus verificaciones BCI y NCIC
- ✓ Señala cualquier situación que active la aprobación del ADIO o de su designado (historial de delito grave; cargo pendiente; condena por delito menor o alegato de nolo contendere para quienes no son familiares inmediatos; libertad condicional vigente; sentencia diferida vigente)
- ✓ Ten a mano documentación que muestre tu estado actual (especialmente si estás en libertad condicional, con sentencia diferida o con un caso pendiente)
- ✓ Planea con antelación el tiempo de procesamiento - si no apruebas ambas verificaciones de antecedentes, no puedes visitar a menos que se conceda la aprobación del ADIO o de su designado
Recuerda: Sin la autorización en ambas verificaciones BCI y NCIC, no puedes visitar a menos que el ADIO (o una persona designada) te haya aprobado específicamente.
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